Es así como a partir de la fecha los vehículos asignados y de propiedad de funcionarios, empleados o contratistas de organizaciones del sector salud estarán exentas de la norma, una vez obtengan el permiso especial que la respectiva entidad presente a la Secretaría de Tránsito para su parametrización con el sistema de fotodetección.
De igual forma aplicará para los vehículos particulares vinculados a establecimientos comerciales formalizados ante Cámara de Comercio, y que presten el servicio de distribución o domicilios. La medida cobijará a los automotores utilizados para la enseñanza de conducción adscritos a escuelas de automovilismo.
Sin embargo, el artículo aclara que para acceder a la exención, los vehículos deberán contar con SOAT y certificado de revisión técnico mecánica y emisión de gases, vigentes, y sus conductores no deben registrar multas por infracciones al tránsito o por comportamientos que afecten la seguridad y convivencia.