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Condiciones Especiales de Pago de Impuestos, Tasas y Contribuciones.

La Gobernación del Cauca, a través de la Secretaría de Hacienda, radicó ante la Asamblea Departamental un proyecto de ordenanza, mediante el cual se conceden condiciones especiales de pago o beneficios tributarios a los contribuyentes morosos de los impuestos, tasas y contribuciones del orden departamental de las vigencias 2014 y anteriores. El proyecto fue de buen recibo por parte de los Diputados y una vez aprobado y sancionado, se estaría empezando a aplicar a partir del 1 de marzo de 2017.
 Las condiciones, buscan mejorar el recaudo de morosidad pendiente por lo que se destacan los siguientes beneficios 
1. Si se produce el pago total de la obligación principal hasta el 31 de mayo de 2017, los intereses y las sanciones actualizadas se reducirán en un sesenta por ciento (60%). 
2. Si se produce el pago total de la obligación principal después del 31 de mayo y hasta el 31 de octubre de 2017, los intereses y las sanciones actualizadas se reducirán en un cuarenta por ciento (40%). 
Cuando se trate de una resolución o acto administrativo mediante el cual se imponga sanción monetaria de carácter tributario, la presente condición especial de pago aplicará respecto de las obligaciones o sanciones exigibles desde el año 2014 o anteriores, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
 1. Si se produce el pago de la sanción hasta el 31 de mayo de 2017, la sanción actualizada se reducirá en el cuarenta por ciento (40%), debiendo pagar el sesenta por ciento (60%) restante de la sanción actualizada. 
2. Si se produce el pago de la sanción después del 31 de mayo de 2017 y hasta el 31 de octubre de 2017, la sanción actualizada se reducirá en el veinte por ciento (20%), debiendo pagar el ochenta por ciento (80%) de la misma. 


De esta forma, la gobernación del Cauca se encuentra a la espera de la decisión de la duma departamental, a fin de iniciar la aplicación de dicha iniciativa y favorecer el recaudo rentístico del departamento .
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