
Sin embargo, en el caso del 2017, al momento de buscar una institución u organismo que se encargara de este servicio, se encontró que ningún proponente tenía la capacidad de hacerlo en su totalidad, por lo que fue necesario realizar tres contratos distintos para la prestación de los servicios que anteriormente eran realizados por la institución universitaria, lo que no supone una fraccionamiento de contratos o una violación al principio de transparencia, aclarando también que dicha contratación se realizó a través del portal de contratación estatal SECOP, permitiendo que todo proponente interesado en ofertar sus servicios se presentara siempre que cumpliera con los requisitos exigidos en los procesos de convocatoria.
Ante la Acción constitucional interpuesta por el concejal Byron Lema, vale la pena aclarar que nace de la inconformidad del Corporado en relación con la respuesta dada a un documento que fue dirigido a la Secretaría de Salud como “información para control político”, para hacer veeduría sobre el tema de bienestar animal, acto que se llevó a cabo en el mes de abril y en el que se respondieron todas las inquietudes presentadas por el Concejal a través del cuestionario que formuló.
Teniendo en cuenta la situación, la Secretaría de Salud Municipal procedió nuevamente a dar respuesta al Concejal Lema, profundizando los temas por él cuestionados, esperando con esto dar tranquilidad al Corporado e informando de la existencia de las dos respuestas entregadas al peticionario y adjuntando copia de las mismas al despacho judicial.