Uso de sillas para menores de edad en los carros será obligatorio en Colombia o recibirán multas de hasta $40 millones

 



     Se aprobó en primer debate el proyecto propuesto por las mujeres del Partido de la U, en cabeza de la representante por el Valle Norma Hurtado, que preserva la vida de los niños que viajan en vehículos terrestres.

     Medicina Legal reportó en 2020 la muerte de 54 niños y niñas de 0 a 4 años, 24 muertes dentro del rango de 5 y 9 años, y 78 muertes dentro del rango de 10 a 14 años, todas en accidentes viales. Con esta Ley se podría reducir estas mortalidades hasta en un 90%

     Quien transporte a un menor sin la silla especial, incurrirá en una multa de 45 SMLMV y se procederá a la inmovilización del vehículo hasta por 6 meses.

Bogotá, 29 de marzo de 2021

Con el propósito de implementar de manera obligatoria la instalación de las sillas de seguridad en los vehículos, así como fomentar y educar su adecuada instalación, se crea el proyecto de Ley “Por medio del cual se modifica la ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre”.

Cada año, según la OMS, se registran en el mundo 186.300 defunciones de niños menores de 18 años por accidentes automovilísticos, originando que las lesiones por accidentes de tránsito sean la principal causa de muerte para esta población y la octava causa de muerte para todos los grupos de edad.

Con respecto a traumatismos no letales originados en la misma fuente, el Instituto Nacional de Medicina Legal reportó 1.970 casos de niños y niñas en 2020, y por su parte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial confirmó que “el uso adecuado de las sillas infantiles de retención vehicular reduce en un 75% las muertes por siniestros y en 90% las lesiones que pueden sufrir los niños durante un siniestro vial”.

Por lo tanto, esta iniciativa legislativa es importante porque:

     La silla de seguridad mantiene a salvo a los niños, los protege de un choque y reduce los Traumatismos Causados por Accidentes de Tránsito (ITR).

     Propone que los menores de hasta 10 años o que pesen hasta 56 kg. Solo puedan viajar en el asiento posterior del vehículo.

     Impone la misma obligación de uso mandatorio de Sistemas de Retención Infantil para los menores de hasta 12 años o que no superen los 150 centímetros de estatura y que viajen en el asiento posterior de los vehículos.

     Pretende que para los vehículos fabricados a partir del año 2004 se exija el uso obligatorio de cinturones de seguridad en los asientos traseros; y se hace hincapié en no exceder la capacidad máxima de pasajeros.

     Plantea que los vehículos de transporte estudiantil que transporten menores de 10 años o 12 años, que pesen hasta 56 kg o que midan hasta 150 cm, solo podrán viajar haciendo uso obligatorio de los Sistemas de Retención Infantil.

     Acoge los 3 tipos de sillas que venden en el mercado actualmente: la silla para neonatos, sillas 20, 40, 80 o convertibles y sillas elevadoras.

     Fija el IVA para los Sistemas de Retención Infantil en un 5%.

“Desde el Partido de la U seguimos construyendo una seguridad vial para nuestros menores de edad, una silla trasera que garantizará la seguridad y la vida, y evitará las lesiones traumáticas en el cuerpo de los menores. Seguimos trabajando de la mano de todos los amigos de la seguridad vial, somos creyentes de esta filosofía de garantizar y preservar la vida”, enfatizó Hurtado.

Cabe aclarar que este tipo de proyectos ya han sido implementados en países como Estados Unidos, Japón, China, Corea, Brasil, Suecia, Reino Unido y Arabia Saudita, logrando reducir las muertes por este tipo de accidentes en un 90% en los países desarrollados. En Colombia, ya han respaldado en términos generales esta iniciativa entidades como La Superintendencia de Transporte, el Ministerio de Transporte, FEDEMUNICIPIOS, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la ONG Despacio.

 



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