● Se aprobó en primer debate el proyecto propuesto por las mujeres del Partido de la U, en cabeza de la representante por el Valle Norma Hurtado, que preserva la vida de los niños que viajan en vehículos terrestres.
● Medicina Legal reportó en 2020
la muerte de 54 niños y niñas de 0 a 4 años, 24 muertes dentro del rango de 5 y
9 años, y 78 muertes dentro del rango de 10 a 14 años, todas en accidentes
viales. Con esta Ley se podría reducir estas mortalidades hasta en un 90%
● Quien transporte a un menor
sin la silla especial, incurrirá en una
multa de 45 SMLMV y se procederá a la inmovilización
del vehículo hasta por 6 meses.
Bogotá, 29 de marzo de 2021
Con el propósito de implementar de manera obligatoria la
instalación de las sillas de seguridad en los vehículos, así como fomentar y
educar su adecuada instalación, se crea el proyecto de Ley “Por medio del cual
se modifica la ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre”.
Cada año, según la OMS, se registran en el mundo 186.300
defunciones de niños menores de 18 años por accidentes automovilísticos,
originando que las lesiones por accidentes de tránsito sean la principal causa
de muerte para esta población y la octava causa de muerte para todos los grupos
de edad.
Con respecto a traumatismos no letales originados en
la misma fuente, el Instituto Nacional de Medicina Legal reportó 1.970 casos de
niños y niñas en 2020, y por su parte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial
confirmó que “el uso adecuado de las sillas infantiles de retención vehicular
reduce en un 75% las muertes por siniestros y en 90% las lesiones que pueden
sufrir los niños durante un siniestro vial”.
Por lo tanto, esta iniciativa legislativa es importante
porque:
● La silla de seguridad
mantiene a salvo a los niños, los protege de un choque y reduce los
Traumatismos Causados por Accidentes de Tránsito (ITR).
● Propone que los menores de
hasta 10 años o que pesen hasta 56 kg. Solo puedan viajar en el asiento
posterior del vehículo.
● Impone la misma obligación de
uso mandatorio de Sistemas de Retención Infantil para los menores de hasta 12
años o que no superen los 150 centímetros de estatura y que viajen en el
asiento posterior de los vehículos.
● Pretende que para los
vehículos fabricados a partir del año 2004 se exija el uso obligatorio de
cinturones de seguridad en los asientos traseros; y se hace hincapié en no
exceder la capacidad máxima de pasajeros.
● Plantea que los vehículos de
transporte estudiantil que transporten menores de 10 años o 12 años, que pesen
hasta 56 kg o que midan hasta 150 cm, solo podrán viajar haciendo uso
obligatorio de los Sistemas de Retención Infantil.
● Acoge los 3 tipos de sillas
que venden en el mercado actualmente: la silla para neonatos, sillas 20, 40, 80
o convertibles y sillas elevadoras.
● Fija el IVA para los Sistemas de Retención Infantil en un 5%.
“Desde el Partido de la U seguimos construyendo una seguridad
vial para nuestros menores de edad, una silla trasera que garantizará la
seguridad y la vida, y evitará las lesiones traumáticas en el cuerpo de los
menores. Seguimos trabajando de la mano de todos los amigos de la seguridad
vial, somos creyentes de esta filosofía de garantizar y preservar la vida”,
enfatizó Hurtado.
Cabe aclarar que este tipo de proyectos ya han sido
implementados en países como Estados Unidos, Japón, China, Corea, Brasil,
Suecia, Reino Unido y Arabia Saudita, logrando reducir las muertes por este
tipo de accidentes en un 90% en los países desarrollados. En Colombia, ya han
respaldado en términos generales esta iniciativa entidades como La
Superintendencia de Transporte, el Ministerio de Transporte, FEDEMUNICIPIOS, la
Agencia Nacional de Seguridad Vial y la ONG Despacio.