Esta medida regirá durante seis (6) meses o por un tiempo mayor, según determine el Congreso de la República dentro del año siguiente. De acuerdo con este Decreto, los clientes del servicio de energía eléctrica en todo el país encontrarán en su factura un valor denominado “Aporte departamento de La Guajira Decreto 1276/2023”, cuyo pago será obligatorio.
Los cobros mensuales obligatorios se han establecido según el Decreto de la siguiente manera:
- Clientes residenciales de estratos 4, 5 y 6: $1.000 por factura.
- Clientes comerciales e industriales: $5.000 por factura.
Los pagos de “Aporte Departamento de La Guajira”, serán puestos a disposición del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas (Fazni) y será el Ministerio de Minas y Energía el encargado de la administración de los fondosrecaudados.
CEO, Energía que Impulsa Desarrollo Según lo indicado por el Decreto 1276, el no pago de este aporte genera las mismas consecuencias que el no pago delservicio de energía eléctrica.
CEO, Energía que Impulsa Desarroll